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Santa Fe, “La Invencible”. “Se dice ‘Santa Fe la Invencible’ porque el Gral. Estanislao López (hermano de Juan Pablo) en el año 1822 crea la bandera y le pone ‘Provincia Invencible de Santa Fe’, en el momento en que es un Estado independiente. Por más que las provincias se sienten ‘unidas’ en un proyecto que sería un Estado Nacional futuro, en ese momento histórico, las provincias son todas independientes, no responden a ningún Gobierno Nacional, porque aún no existe como tal” comienza Explicando el Profesor Alejandro Damianovich. 

Cómo se fue conformando lo que hoy representa nuestra Provincia de Santa Fe, en Argentina de 2024. Una constitución es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Se llama así porque integra, establece, organiza, constituye las normas que rigen a la sociedad de un territorio. Como su nombre lo sugiere, sirve para constituir un Estado, para organizarlo y ponerle límites al poder. Igualmente sirve para garantizar la dignidad de las personas.

El Profesor Damianovich comienza contando el proceso de conformación del Estado Provincial “vamos a referirnos a las tres primeras Constituciones de la provincia de Santa Fe, que tienen distinta significación. Una sería la del año 1819, conocida como Estatuto Provisorio. Luego, la Constitución de la provincia del año 1841 y la tercera, la Constitución Provincial del año 1856. Como dije, las tres tienen distinta significación. La de 1819, el Estatuto de Estanislao López, está concebido en un momento de anarquía, de crisis en la región, de guerra, de indefinición, de no saber si qué es lo que iba a pasar en el futuro, por eso la Constitución o el Estatuto de López va acompañado de una especie de proclama donde López señala que mientras esta situación permanezca, era necesario concentrarse en el territorio y esperar a que se dieran las condiciones para organizar una República que estaban esperando ambos mundos. Esto es lo que representa el Estatuto de 1819”. 

Entonces, qué sería un estatuto. “El Estatuto es una forma bastante primaria de organizar un Estado. No está clara la división de poderes. Tiene cosas que arrastra de la época colonial, como el cabildo, que ejercería el poder judicial o administraría la justicia. No está clara la figura de la legislatura todavía. Y el Gobernador concentra poderes que no son propios del sistema republicano. Sin embargo, este Estatuto es la primera forma legal constitucional en las provincias argentinas” explicó Alejandro.

Vamos ahora a la Constitución de 1841. “Gobierna la provincia Juan Pablo López, -empieza a relatar el entrevistado- hermano de Estanislao, y el marco institucional del país es otro. A partir del año 1831, la Provincia firma, justamente en Santa Fe, un pacto de confederación. O sea, ya no son organismos dispersos en un territorio, sino que están unidas en confederación. Pero todavía no surge el Estado Nacional”. Continúa contando “por eso es importante, esta Constitución señala que Santa Fe de la Vera Cruz es un Estado independiente, pero después aclara que pertenece a la República Argentina y que se encuentra unida a las otras provincias en confederación. Entonces, estamos acá en una situación intermedia entre las dos constituciones que mencioné, la del año 1819 y la del año 1856. Todavía no hay un Estado Nacional por encima de las provincias, no hay una Constitución Nacional como va a ser la del año 1853”.

Y nos aclaró “hay un vínculo entre todas que es el Pacto Federal de 1831, pero cada provincia, si lo desea, puede apartarse, como va a ocurrir después del pronunciamiento de Urquiza con las provincias de Entre Ríos y Corrientes, que quedan en absoluta libertad para manejar su política exterior, firmar tratados, hacer alianzas. Y después, también, con la provincia de Buenos Aires, que no acepta el Acuerdo de San Nicolás y se mantiene casi por 10 años fuera.de la estructura de la República Argentina”.

“Finalmente, tenemos la Constitución del año 1856, que es ya una Constitución Provincial” comenta el especialista. Continúa explicando “el Estado Nacional existe a partir de la Constitución del año 1853. Hay un artículo que establece que las provincias dictarán sus propias constituciones e incluso hay una ley que circula entre las provincias, instándolas a dictar sus constituciones. Esto ocurre en 1856 y justamente la Constitución va a estar lista el 18 de julio de ese año, cuando también hay una crisis política en la provincia. Hay una transición del gobierno de José María Cullen, que es derrocado por Juan Pablo López. De manera que, si bien la Constitución va a estar lista para la fecha del 18 de julio, como en esa época las constituciones (hasta la reforma del año 1860) tienen que ser revisadas por el Congreso Nacional, cuando vuelve la revisión del Congreso y se hacen algunos ajustes, ya el gobierno de la Provincia es nuevamente Juan Pablo López. Por eso este gobernador aparece como siendo el que propicia dos constituciones, la del ‘41 y la del ‘56”. 

Para ir terminando con la explicación, el Profesor Damianovich aclaró “pero en realidad la Constitución del ‘56 fue producto de una convención convocada por José María Cullen. Entonces esta es nuestra primera constitución provincial, la del 56, cuando tenemos ya el carácter jurídico de Provincia Argentina en el marco de la República Argentina consagrada por el Congreso, por la Constitución de 1853”.